La prisión preventiva es una medida cautelar, no una pena. Sin embargo, en la práctica, muchas personas permanecen detenidas durante meses —o años— antes de que exista una sentencia firme. Conocer los mecanismos para obtener la libertad durante el proceso es fundamental tanto para el imputado como para su familia.
La excarcelación es la liberación del imputado que se encuentra detenido en prisión preventiva. Puede obtenerse mediante distintas vías: por vencimiento de los plazos legales de detención, por resolución judicial que revoca la prisión preventiva, o por sustitución de la detención por una medida alternativa menos gravosa.
En el sistema procesal mendocino (Ley 6730 y sus modificaciones), la prisión preventiva requiere que se acrediten simultáneamente dos presupuestos: riesgo de fuga y riesgo de entorpecimiento de la investigación. Si ninguno de esos riesgos existe o puede acreditarse, la detención no tiene sustento legal.
Antes de dictar la prisión preventiva, el juez debe evaluar si existen medidas menos gravosas que sean suficientes para neutralizar los riesgos procesales. Entre ellas:
Arresto domiciliario: el imputado permanece en su domicilio bajo control judicial, con o sin tobillera electrónica. Es la alternativa más frecuente cuando el riesgo de fuga es bajo pero existe algún elemento que impide la libertad plena.
Prohibición de salida del país: se retiene el pasaporte y se notifica a Migraciones. Se aplica en casos donde el imputado tiene vínculos internacionales o recursos económicos que facilitarían la fuga.
Presentación periódica ante la fiscalía o el juzgado: el imputado se presenta cada cierto tiempo como mecanismo de control sin necesidad de detención.
Caución real o personal: garantía económica que el imputado pierde si no comparece. Poco utilizada en Mendoza pero prevista normativamente.
Dato clave: la prisión preventiva debe ser la excepción, no la regla. El art. 293 del CPP Mendoza establece que la libertad durante el proceso es el estado natural del imputado. La detención es la medida de último recurso.
La prisión domiciliaria puede solicitarse tanto como alternativa a la prisión preventiva como durante la ejecución de una condena firme. En el ámbito de la ejecución penal (Ley 24.660), procede en casos de enfermedad grave, edad avanzada, discapacidad, embarazo o maternidad de hijos menores de cinco años, entre otros supuestos.
La defensa puede plantear la domiciliaria en cualquier momento del proceso, acompañando los elementos que acrediten la situación que la habilita.
La audiencia de prisión preventiva es uno de los momentos más críticos del proceso penal. En ella, la fiscalía debe demostrar los riesgos procesales y la defensa puede rebatirlos con prueba concreta: arraigo familiar, trabajo estable, domicilio verificable, ausencia de antecedentes, vínculos comunitarios. Una buena defensa en esa audiencia puede evitar la detención o reducir significativamente su duración.
Los plazos de la prisión preventiva están regulados y tienen límites legales. Cuando esos plazos se vencen sin que exista sentencia, la defensa puede —y debe— plantear la libertad por vencimiento de términos. Este es uno de los remedios procesales más importantes en casos de investigaciones prolongadas.
Actuamos de manera urgente en audiencias de prisión preventiva y planteos de excarcelación en Mendoza.
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